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Copagos de los Padres



Si una familia califica para la ayuda financiera estatal no significa que el estado (IDHS) aportará toda la cuota (diaria, semanal o mensual) de la tarifa establecida por el proveedor de cuidado de infantil en su guardería.
 
Esto sólo significa que el estado ayudará a esta familia a pagar una parte del total que pagará dicha familia por los servicios de cuidado infantil.
 
Por lo tanto, la familia que contrate los servicios de cuidado infantil deberá completar las cuotas pendientes de pago hasta llegar a la tarifa establecida por el proveedor.
 
De esta manera se ha generalizado, en este sector, que las familias deben pagar dos copagos: el llamado copago estatal más el copago del proveedor.
El copago estatal es la diferencia entre la tarifa establecida por el estado (edad y tiempo de cuidado) y la tarifa real pagada por el estado. Usted puede realizar un cálculo aproximado de este copago en esta tabla.
 
El copago del proveedor es la diferencia entre la tarifa establecida por el estado (completada con el copago estatal) y la tarifa establecida por el proveedor de cuidado infantil.
Cada proveedor es libre de establecer sus tarifas y de cobrar los copagos explicados anteriormente. No obstante, el equipo de daycare-web les recomienda que deben cobrar ambos copagos.
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